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Los pagos a funcionarios por asistencia a Consejos de Administración se mantienen

Por A.Q.
12/12/2017 - 08:14
Funcionarios del ayuntamiento de Ceuta.

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Las Bases fijan una cantidad máxima a abonar por ese concepto de 7.000 euros brutos al año

La Secretaría General de la Asamblea ha rechazado en un informe una alegación del PSOE “sin ningún fundamento jurídico” contra la Base de Ejecución de los Presupuestos que permite el abono de indemnizaciones a funcionarios por asistencia a órganos colegiados de la Ciudad Autónoma como los Consejos de Administración de las sociedades municipales (Obimace, Amgevicesa, Procesa, Obimasa, RTVCE...) al entender que “se ajusta plenamente” a la legislación en vigor y a la jurisprudencia del TSJA.

El dictamen recuerda que en años anteriores fue UGT la que solicitó la nulidad del apartado, siendo el Pleno, “previa tramitación del correspondiente procedimiento y de acuerdo con el Consejo de Estado” el que desestimó la petición formulada por la Federación de Servicios Públicos de los ugetistas, que no recurrieron en vía administrativa judicial.

Además, la Secretaría General destaca que en sus tres últimos informes de fiscalización sobre la Administración local el Tribunal de Cuentas no ha formulado “ninguna salvedad ni recomendación que afecte a las indemnizaciones por razón del servicio objeto de la alegación”. En su resolución de hace tres años y medio, el Consejo de Estado concluyó que “no procede declarar la nulidad de pleno derecho de la Base del Presupuesto”.

Las Bases fijan una cantidad máxima a abonar por ese concepto de 7.000 euros brutos al año y que su pago “se realizará previa concurrencia efectiva a las reuniones que celebre el órgano colegiado, devengándose con entre dos y cinco sesiones

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