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Nota sobre el convenio colectivo

Por Redacción
08/04/2011 - 06:54

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El actual Convenio Colectivo de UGT es un Convenio Marco cuya vigencia se extiende a lo largo del periodo que va desde 01 de enero del 2007 al 31 de diciembre del 2011.
El objetivo perseguido por los negociadores del actual Convenio Colectivo tenía dos partes claramente definidas. En primer lugar la dignificación de los salarios base, incorporando un salario mínimo de 1.000 euros  al mes, y un segundo objetivo todavía más ambicioso: que con efectos del 31 de diciembre del 2011 dejará de existir el complemento por devengo de antigüedad.
Para ello se articuló como incremento salarial el IPC real.
Por otro lado se puso en marcha una completa reestructuración de nuestra tabla de clasificación profesional, en un proceso que ha durado cinco años, y que suponía que las subidas en todas las categorías, estaban compensadas por la absorción en los conceptos de Complementos e Incentivos.
Mención aparte merece el complemento de antigüedad, que, como se recoge en el Convenio deja de existir al 31 de diciembre de este mismo año. A cambio de ese concepto se ha procedido al abono del 1,75%. Evidentemente lo pactado fue adelantar este porcentaje a cambio de una evidente limitación de los costes salariales futuros.
En consecuencia, si consideramos que la reclasificación se realiza con compensación y absorción y que el 1.75 extra está contemplado en función de lo que podríamos llamar compensación del antiguo complemento de antigüedad, podemos afirmar con rotundidad que el incremento real anual en la masa salarial se ajusta al IPC real de cada ejercicio.
Por otro lado, en el propio Convenio se recoge que los Organismos, que debido a su situación económica, acrediten la necesidad de una total o parcial inaplicación salarial, podrán aplicarla.
Obviamente, todo ello ha supuesto un gran esfuerzo de los Organismos y los trabajadores de UGT, que ha permitido moderar nuestra política salarial garantizando con ello la viabilidad e independencia de este Sindicato.

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