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Modificación de las bonificaciones del Impuesto de Sociedades

Por Luis Manuel Aznar
02/04/2011 - 11:03

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Con la intención de incentivar la localización empresarial y el empleo plantean una modificación de las bonificaciones reguladas en el Impuesto de Sociedad de manera que los beneficios obtenidos en Ceuta y Melilla tengan una bonificación del setenta y cinco por ciento en vez del cincuenta por ciento actual. Reconocimiento
Igualmente se desea el reconocimiento a las sociedades domiciliadas en Ceuta y Melilla y que cumplan con determinados requisitos en materia de empleo e inversión, en ambos territorios, el derecho a aplicar la bonificación por los beneficios que no obtengan en nuestras dos ciudades y hasta el límite de los obtenidos en las mismas; una limitación que, cumpliendo con los señalados requisitos de empleo y radicación, no sería aplicable a las entidades con un volumen de negocios igual o inferior a cinco millones de euros.
Quieren que se aclare y precise el concepto de rendimientos obtenidos en Ceuta o Melilla para evitar que la interpretación restrictiva del mismo perjudique la eficacia del incentivo.
De esta forma, se considerarán beneficios obtenidos en Ceuta o Melilla los procedentes de establecimientos permanentes  situados en las mismas y que supongan las entregas de bienes o prestaciones de servicios que,  respectivamente, se materialicen o gestionen en éstas, de acuerdo con las reglas que al efecto deban contemplarse.

Régimen de reserva
Y por último que se contemple, asimismo, un régimen de reserva para inversiones de parecidas características al establecido para las Islas Canarias.
Son una serie  de medidas en su conjunto que, de ponerse en práctica, supondría desde luego un incremento importante para la atracción de empresas en ambas ciudades.

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