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¿Mayor de 45 años y con el paro agotado?: esta es la ayuda que puede solicitar

Se trata de un auxilio de 480 euros cuya duración máxima es de seis meses para poder percibirlo

Por Isabel Fernández
06/10/2023 - 19:32
sepe-empleo-5
Imagen de archivo

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa que existe un subsidio que está dirigido a personas “que han agotado la prestación contributiva, tienen 45 años o más y no tienen responsabilidades familiares a su cargo”. Una ayuda con la que puede beneficiarse cualquier vecino de Ceuta que lo necesite, siempre y cuando cumpla con los requisitos.

Para poder tener acceso a este auxilio lo primero es estar desempleado y estar inscrito como demandante de empleo “durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación”.

El solicitante no puede “haber rechazado una oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva”.

Asimismo, es necesario haber suscrito el acuerdo de actividad. También, “haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo”. A lo que se le suma el hecho de haber cumplido los 45 años “en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva” y “carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias”.

Plazos, documentos, cuantía y duración

Para hacer el trámite, la persona tiene un plazo de 15 días hábiles, “a partir del cumplimiento del mes de espera”, que cuenta “a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva”.

En cuanto a la solicitud, esta se puede presentar por medio de la sede electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones con cita previa; en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo, presentando la siguiente documentación: “modelo oficial de solicitud; documento de identificación en vigor; cualquier documento bancario con el número de cuenta del titular y donde desee percibir la prestación, y solamente si la entidad gestora lo solicita, el justificante de rentas”.

En lo que respecta a la cuantía mensual del subsidio por desempleo, esta es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. Se trata de una ayuda de 480 euros cuya duración es de seis meses.

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