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La Audiencia ratifica la condena al autor de un robo de ordenadores en un colegio

Por Carmen Echarri
08/07/2017 - 07:30
La Audiencia ha desestimado el recurso contra la sentencia del Penal. Archivo

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  • Condenado a dos años de prisión por el Juzgado de lo Penal, queda confirmada la sentencia por sustraer cuatro computadoras

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2, en base a la cual se le condenaba a dos años de prisión al autor de un robo con violencia en el colegio Beatriz de Silva.

Los hechos a los que hace referencia la condena hacen alusión a la acción violenta cometida en este centro escolar de donde el condenado se llevó cuatro ordenadores, causando destrozos en un quinto por valor de 86,40 euros. Para acceder al centro efectuó forzamiento en los accesos de ahí la calificación de robo con violencia por el que se le condenó. El implicado agredió además a una persona que le sorprendió en pleno robo y que prestó declaración en su contra.

La Defensa del acusado interpuso recurso de apelación a la Audiencia al considerar que se había producido un error en la valoración de la prueba, negando que tras el análisis de los fotogramas de una cámara se pudiera identificar a su patrocinado. Así también aludió a que no existían pruebas de que se hubiera producido un forzado para la práctica de dicho robo. Consideró la Defensa que no se había empleado fuerza por lo que no quedaba constancia de esa violencia.

En su sentencia, la Audiencia justifica que no cabe un cambio en el resultado fáctico plasmado en la sentencia recurrida, por lo que “no es adecuado sustituir el recto e imparcial criterio probatorio del juzgador por el de la parte recurrente, necesariamente subjetivo y sesgado, máxime cuando la sentencia impugnada contiene una razonable fundametación de la convicción condenatoria”, explica.

La Audiencia, con su pronunciamiento, desestima el recurso al que se había opuesto el Ministerio Fiscal, y confirma íntegramente la condena dictada el pasado mes de marzo por el Penal número 2. La sentencia es firme y contra la misma ya no cabe recurso.

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