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La Federación de montaña y escalada recuerda cómo afectan las medidas del Gobierno a sus actividades

La FDMEC pide que se cumplen las medidas de seguridad y desaconseja la actividad a partir de las 20:00 horas

Por Redacción
01/05/2020 - 13:25
Archivo

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El Ministerio de Sanidad ha aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden que autoriza la actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Publicación que supone una situación parcial o limitada del estado de alarma y del confinamiento que sigue en vigor. Hay que recordar que la pandemia aún no ha acabado, aunque los datos apuntan a una mejoría.

La decisión Ministerial permite a partir de este sábado que se vuelva a practicar actividad física en espacios naturales y, por tanto, también en la montaña bajo ciertas limitaciones o condiciones. En muchos municipios como el caso de Ceuta, existen condiciones para la práctica de deportes de montaña.

La primera limitación que nos afecta en Ceuta es que no se puede utilizar vehículo motorizado ni transporte público para llegar al lugar donde se va a realizar la actividad física prevista.

La segunda limitación es la franja horaria que nos limita a realizar la actividad entre las 06:00 horas y las 10:00 horas, o entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

La tercera limitación se refiere a la frecuencia, ya que sólo se podrá salir una vez al día, sin existir un límite de duración en esa única salida. Siempre que se respete la franja horaria, claro está.

La cuarta limitación, incluida en la actividad de montaña, supone la práctica individual y siempre que no requiera contacto. Aquí recuerdan que por razones de seguridad en la montaña, recomiendan que no se practiquen, aunque fuera posible, actividades como la escalada o similar.

Las personas menores de 14 años, también podrán hacer deportes de montaña, cumpliendo las demás limitaciones, pero nuevamente, por razones de seguridad recomiendan que sólo se haga con la compañía de un adulto conviviente que tenga experiencia acreditada en deportes de montaña.

Los deportes de montaña, incluida la carrera, exige que se cumplan las normas generales de seguridad en montaña para la prevención de riesgos y accidentes. “Para ello, hay que escoger un itinerario adecuado, hay que ir equipado correctamente, conocer las previsiones meteorológicas, conocer muy bien cuáles son nuestros límites y muy importante, avisar o dejar constancia donde vas”.

Las actividades individuales en montaña requieren experiencia, se debe reforzar la precaución y el sentido común, se debe informar siempre a las personas que convivan con nosotros del lugar al que se va a ir, el itinerario previsto y el tiempo estimado que se va a tardar. Además, ir siempre a lugares que garanticen una buena cobertura telefónica y llevar el teléfono con batería suficiente.

“La duración y dificultad debe de estar por debajo de nuestras capacidades, hay que tener muy en cuenta que hemos estado durante mes y medio sin salir a la montaña”.

La FDMEC desaconseja la actividad en montaña en la franja horaria a partir de las 20.00 horas, ya que no es recomendable para los deportes de montaña.

La póliza de seguro de accidentes deportivos de las personas federadas en FDMEC está plenamente en vigente, y se mantiene así desde mañana. No obstante, se debe tener en cuenta que cualquier actividad deportiva de montaña que incumpla las normas establecidas en esta Orden Ministerial, o cualquier otra norma legal vigente, puede suponer que las aseguradoras puedan rechazar la cobertura del siniestro.

Recordar finalmente que el Gobierno ha anunciado normas o protocolos específicos para la vuelta a la práctica del deporte para las personas federadas, deportistas de alto nivel y profesionales, que pueden ampliar o flexibilizar ciertas condiciones o limitaciones.

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