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Caballas recurre el archivo de su denuncia sobre las obras de la Gran Vía

La formación localista insiste en su denuncia alegando que el auto de sobreseimiento dictado por el Juzgado hizo una instrucción "muy apresurada"

Por Redacción
28/02/2018 - 19:45

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Dicho y hecho. Caballas ha presentado en la jornada del miércoles un recurso de apelación por el archivo de la denuncia sobre las obras de la Gran Vía.

El grupo localista entiende que el auto de sobreseimiento dictado por el Juzgado "no está fundado en Derecho", teniendo en cuenta que la "cantidad de pruebas que deberían practicarse según el relato de hechos de la denuncia" muestran una "instrucción sobre los hechos muy apresurada".

Esta mañana hemos presentado recurso de apelación frente al archivo a nuestra denuncia contra la obra de la Gran Vía #Ceuta

Seguimos luchando para evitar el despilfarro económico, la vulneración de la ley y el atentado contra nuestro patrimonio histórico ????@caballasceuta pic.twitter.com/WR23IwroXl

— MOHAMED ALI (@M_ALI_LEMAGUE) 28 de febrero de 2018

La formación localista insiste

El Juzgado de Instrucción número 2 ha archivado la denuncia presentada por el grupo Caballas en relación con las obras de la Gran Vía iniciadas por el equipo de Gobierno a través de una encomienda de gestión a Tragsa.

Caballas indicaba que se había podido cometer una infracción penal, concretamente un delito de prevaricación.

En su momento, indicaron que habían comunicado en varias ocasiones todas las irregularidades que entendían se habían cometido y que no les habían dejado otro camino que acudir al Juzgado.

En su auto, el juez indicó que los hechos denunciados no revisten “caracteres de infracción penal” y que “vistos los hechos denunciados y la documentación adjuntada debe concluirse que, por mucho que las proyectadas obras de remodelación de la Avenida Alcalde Sánchez Prados, Plaza Virgen de África, Calle Jáudenes y aledaños de esta ciudad autónoma, pudieran suponer una variación en relación con las previsiones del PGOU y el PERI de la Gran Vía, e incluso que dicha remodelación, por su alcance, no debiera ser abordada mediante un Proyecto de obras ordinarias o de un proyecto de urbanización, de existir tales infracciones, no revisten caracteres de infracción penal”.

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