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Pensión de 500 euros para amas de casa: estos son los requisitos

El Imserso ofrece una pensión no contributiva sujeta a determinadas condiciones cuyos detalles se pueden consultar aquí

Por Isabel Jiménez
26/08/2024 - 19:30
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Imagen de archivo

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Las amas de casa, en Ceuta en particular y en España en general, siguen siendo un grupo frecuentemente no reconocido. Sin embargo, aquellas que cumplan ciertos requisitos pueden optar a una pensión de 500 euros.

El Imserso ofrece una pensión no contributiva sujeta a determinadas condiciones. Para calificar, es necesario tener al menos 65 años.

Además, quienes deseen acceder a esta ayuda deben haber residido en España durante un mínimo de 10 años en el periodo comprendido entre cumplir los 16 años y la fecha en que se solicita la pensión. De esos 10 años, al menos dos deben ser consecutivos y preceder inmediatamente a la solicitud.

Otro requisito clave es que las rentas o ingresos personales anuales para 2024 no deben superar los 7.250,60 euros. No obstante, si la solicitante vive con familiares, hay condiciones adicionales a considerar.

Requisitos para optar a la ayuda de 500 euros

  • Edad: tener sesenta y cinco o más años.
  • Residencia: residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
  • Carecer de ingresos suficientes:Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2024, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales.

Amas de casa que residen con familiares

 

abuela

Si la solicitante vive con su cónyuge o con familiares de segundo grado, el umbral de ingresos en el hogar debe ser inferior a 12.326,02 euros anuales para dos personas.

Para tres personas, el límite es de 17.401,44 euros anuales, y para cuatro personas, de 22.476,86 euros anuales. Si hay más de cuatro personas en el hogar, se debe añadir 5.075,42 euros anuales por cada persona adicional.

Si la solicitante reside con parientes de primer grado (padres o hijos), los ingresos totales deben ser menores de 30.815,05 euros anuales para dos personas en el domicilio.

Para tres personas, el límite es de 43.503,60 euros anuales, y para cuatro personas, de 56.192,15 euros anuales. Para cada persona adicional, se debe sumar 12.688,25 euros anuales.

Para solicitar esta ayuda, las amas de casa pueden presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Imserso o dirigirse a una oficina provincial de la Seguridad Social.

Documento para completar la solicitud

En cuanto a cómo se deben solicitar este tipo de ayudas, la gestión pertinente de las pensiones no contributivas se realiza a través de cada comunidad autónoma, excepto en Ceuta y Melilla que es el propio Imserso el encargado de ello.

Los documentos necesarios para completar la solicitud incluyen:

  • DNI o NIE.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España.
  • Documentación que demuestre los ingresos tanto de la solicitante como de la unidad de convivencia.

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Comments 7

  1. CARLOS GAY comentó:
    hace 2 años

    SOLO A AMA Y NO A AMO SOLO VEO FOT DE MUJERES DANDOLE DE COMER A UNA NIÑA TO ES MACHISMO? ESTO ES DISCRIMINACION EN MI PAIS

  2. Realista 2.0 comentó:
    hace 2 años

    Y porqué un hombre de 65 no puede cobrar esa ayuda? No existe amo de casa? No es discriminación hacia el hombre? Igualdad? Feminismo?

  3. lógica ninguna comentó:
    hace 2 años

    regalando el dinero de todos a todos sinvergüenzas

  4. Chupocteros comentó:
    hace 2 años

    Qué locura Dios de mi vida!! Que locura !! Todo esto se llama comprar votos. Que Ruina. Espero que pongan mi comentario por qué muchas veces no lo ponen, chupocteros.

    • jl p comentó:
      hace 2 años

      Las pensioncitas ¿llevan el nombre de algún candidato?

  5. Paguitas para que voten a Sánchez. comentó:
    hace 2 años

    No veas...como van a venir de Marruecos...?

    • jl p comentó:
      hace 2 años

      ¿Te has leído las condiciones? Entre otras: "haber residido en España durante un mínimo de 10 años en el periodo comprendido entre cumplir los 16 años y la fecha en que se solicita la pensión. De esos 10 años, al menos dos deben ser consecutivos y preceder inmediatamente a la solicitud. "

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