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Aviso a los parados que no presenten la declaración de la renta

El Ministerio de Trabajo pretende aprobar una norma que obligará a los parados a pagar en el IRPF por las ayudas que hasta ahora estaban exentas

Por Beatriz Martínez
23/10/2024 - 15:16
desempleo-oficina-sepe-prestaciones

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Novedades para la próxima declaración de la renta. A partir del año que viene, los parados, tanto de Ceuta como del resto del país, que cobren la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta obligatoriamente en 2025. Si no lo hacen, podrían perder la ayuda, aunque Hacienda ya ha dicho que descarta imponer sanciones a los ciudadanos que no lo hagan.

Hasta ahora, los parados que recibían el subsidio por desempleo no estaban obligados a presentar la declaración de la renta si nos ingresos no superaban los 22.000 euros anuales (o por encima de los 15.000 euros si tenía dos o más pagadores).

Esto ha generado algunas dudas entre los beneficiarios de subsidios de desempleo. La razón principal detrás de esta obligación es que el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal), que gestiona las prestaciones por desempleo, debe aplicar retenciones de impuestos sobre los subsidios que se entregan. Por lo que algunas personas que reciben ayudas pueden tener obligaciones fiscales que no conocen o que pueden no haber previsto.

El Ministerio de Trabajo ha sido claro en que las prestaciones por desempleo se consideran ingresos que deben tributar, como lo haría cualquier otro ingreso. Esto incluye tanto las prestaciones contributivas, que dependen de las cotizaciones previas al sistema de Seguridad Social, como las ayudas asistenciales para personas que ya han agotado el paro.

El cambio está diseñado para asegurarse de que todos los beneficiarios del desempleo cumplan con sus obligaciones tributarias y evitar que se acumulen deudas con Hacienda.

Además, el Gobierno avisa: se perderá el derecho a recibir la prestación por desempleo si no se realiza la declaración del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas (IRPF). "Cuando la entidad gestora detecte que las personas beneficiarias de prestaciones hubieran incumplido durante un ejercicio fiscal la obligación de presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en las condiciones y plazos previstos en la normativa tributaria aplicable" se perderá el derecho a recibir el subsidio.

¿Quién está obligado a presentar la declaración?

No todas las personas en situación de desempleo tendrán que hacer la declaración de la Renta. Según la normativa vigente, los trabajadores que hayan recibido más de 22.000 euros de un único pagador en el año fiscal están obligados a hacer la declaración. Sin embargo, si una persona ha tenido más de un pagador (por ejemplo, un empleador antes de quedarse en paro y luego el SEPE), el límite para la obligatoriedad de presentar la declaración baja a 14.000 euros si el segundo pagador ha aportado más de 1.500 euros.

Además, aunque una persona no esté obligada a presentar la declaración porque no alcance los umbrales requeridos, en algunos casos puede ser conveniente hacerlo de manera voluntaria. Esto es porque, en determinadas situaciones, la persona puede tener derecho a devoluciones de impuestos por deducciones.

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