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Ramírez, dispuesto a estudiar la creación del censo de perros por ADN

El MDyC denuncia que cada vez quedan más excrementos de mascotas en la vía pública pese a que las multas por no recogerlos pueden llegar a 1.500 euros

El consejero de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos del Gobierno de Ceuta, Alejandro Ramírez, se ha mostrado este lunes en el Pleno dispuesto a “estudiar” la posibilidad de poner en marcha un programa de censado de los perros de la ciudad con pruebas de ADN para a partir de ahí poder identificar posteriormente a los dueños de mascotas que no recojan los excrementos de las mismas de la vía pública.

Ramírez ha condicionado la posibilidad de implantarlo a las limitaciones técnicas y presupuestarias a las que se puedan enfrentar la administración para su desarrollo.

El miembro del Ejecutivo local ha explicado que la Policía Local ha impuesto doce sanciones por esa infracción y ha apostado tanto por incrementar la vigilancia de los agentes como, en primer lugar, por lanzar más campañas de concienciación y sensibilización con los propietarios de los miles de canes registrados en Ceuta.

El diputado del MDyC Mohamed Ali ha criticado que cada vez son más las deposiciones caninas que se ven en las calles de la ciudad y ha alertado que ello puede generar tanto un problema de Sanidad Pública como daños en el mobiliario urbano, entre otros problemas. Además, ha afirmado que 90 municipios de toda España ya tienen el programa de control de ADN de las mascotas cuyos excrementos no son recogidos por sus dueños.

Multas de hasta 1.500 euros

La nueva Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos de Ceuta establece las sanciones previstas para comportamientos incívicos como no “impedir” o “recoger” y limpiar las deposiciones sólidas o líquidas de las mascotas, que llegan hasta 1.500 euros y que hasta su aprobación en 2020 no podían pasar de 150,25 euros.

Tal y como recoge la normativa vigente, las personas propietarias de animales y/o los portadores son directamente responsables de los daños o afecciones a personas, animales y cosas, sí como de cualquier acción que ocasione suciedad en la vía pública por los animales de su pertenencia.

Como medida higiénica ineludible, las personas que conducen perros u otra clase de animales por la vía pública están obligadas a impedir que aquéllos hagan sus deposiciones (orines y excrementos) en la vía pública.

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