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Multa por destrozar la máquina tragaperras de un salón de juegos

El acusado reconoció los hechos desde un principio lo que le ha servido para una reducción de la pena. Por otra parte, un ceutí ha sido condenado a prisión por estafa

El titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado F.J.LL.M. por un delito de daños. El acusado reconoció los hechos desde la fase de Instrucción, eso le ha servido para que se le aplique una atenuante muy cualificada de colaboración con la justicia, y la pena se haya reducido a 3 meses de multa a razón de 2 euros diarios. El acuerdo previo entre las distintas partes sirvió para evitar la celebración de la vista oral que estaba fijada para este miércoles.

Los hechos a los que se ha hecho referencia en esta conformidad ocurrieron el 3 de marzo de este mismo año. Sobre las 20:15 horas, el acusado se encontraba en el salón de juegos Casablanca, situado en la calle Delgado Serrano de nuestra ciudad, cuando con ánimo de atentar contra el patrimonio ajeno, golpeó una máquina tragaperras rompiéndole un cristal y dejándola inutilizada. El establecimiento reclamó la reparación de la máquina. Asimismo, el acusado deberá pagar la multa de 606,56 euros, cifra que costó la reparación de la máquina.

6 meses de prisión por una estafa

Por otra parte, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta condenó al llamado F.E.G.B. por un delito de estafa. El acusado ha reconocido los hechos y ha aceptado la pena de 6 meses de prisión. Eso sí, se le suspende al no tener antecedentes penales por un periodo de 2 años. Durante ese tiempo no podrá volver a delinquir, de hacerlo se le sumaría los años de esta condena. Además, el acusado deberá abonar la cantidad que se fije en ejecución de sentencia como pago de la responsabilidad civil.

Los hechos a los que se ha hecho referencia en esta conformidad ocurrieron el 20 de diciembre de 2018. El acusado, con ánimo de obtener un ilícito beneficio, realizó una transferencia bancaria por importe de 6.006 euros desde la cuenta del banco Santander a la suya particular bajo el concepto ‘compra Ford’. El acusado realizó dicha transferencia sin el consentimiento de la víctima y en su perjuicio, accediendo a los datos bancarios de esta cuenta.

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