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Cómo comprobar que funciona su Certificado Covid en Ceuta

La Ciudad habilita en su web una aplicación que permite la verificación del denominado pasaporte covid

El Área de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (TSI), adscrita a la Consejería de Fomento y Turismo de Ceuta, ha habilitado en la web de la Ciudad (www.ceuta.es) una aplicación que permite la verificación del Certificado Covid de la Unión Europea e igualmente de los emitidos en el Reino Unido. Como ha precisado el Gobierno autonómico, una vía para comprobar que el también conocido como pasaporte covid funciona.

Así, de una manera ágil y cómoda será posible que los ciudadanos comprueben el código QR asociado a su certificado, incorporando igualmente una guía con las preguntas y respuestas más frecuentes, incluyendo cómo actuar ante posibles incidencias técnicas.

Como medida adicional de prevención y contención en la vigilancia y control de salud pública frente a la crisis sanitaria causada por la enfermedad del coronavirus, desde hoy jueves será obligatorio el Certificado COVID de acuerdo a los supuestos que contempla el último decreto de la Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación.

Cómo obtener el Certificado COVID UE

Puede solicitarse por todos los ciudadanos a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta (www.ceuta.es), si disponen de certificado digital,  y en los Registros de la Ciudad situados en el edificio Ceuta-Center y en el Morro, no siendo necesario para obtener este documento disponer de cita previa.

La Ciudad indica que también será posible solicitarlo, sin necesidad de concertar cita previa, en el Registro ubicado en la barriada del Príncipe. El horario es de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes.

El horario de atención al público en los Registros es de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 18.00 horas en el del Ceuta Center, y de 9.00 a 14.00 horas en el del Morro.

El certificado COVID-19 es un documento seguro y fiable que se emite en formato digital o en papel y que incluye código además QR de seguridad.

Los propietarios de los establecimientos deberán exigir su presentación a la entrada del mismo a cualquier persona mayor de 12 años, quedando sujetos a los deberes de confidencialidad de datos, sin poder crear ningún registro ni utilizar los datos para cualquier otra finalidad que no sea la restricción del acceso a su establecimiento.

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