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La Federación de Fútbol condenada a pagar 30.001 euros por daños morales a un trabajador

El juzgado argumenta una conducta contraria a la libertad sindical tras ser elegido el trabajador delegado de la RFFCE por UGT

Por El Faro de Ceuta
08/05/2023 - 07:00
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Imagen de archivo

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El juzgado de los social nº 1 de Ceuta ha condenado a la Federación de Fútbol de Ceuta y al presidente de dicha entidad al abono de 30.001 euros, por adoptar una conducta contraria a la libertad sindical con uno de sus trabajadores. Además, la jueza ha ordenado la restitución del mismo como Juez Único de Competición y Juez Único de Competición de Tercera División de Fútbol.

El trabajador en cuestión venía prestando sus servicios para la Federación de Fútbol desde el año 2017, desarrollando funciones como Juez Único de competición y Juez Único de competición de Tercera División de Fútbol.

Señala la sentencia entre los hechos probados, que el día previo a las elecciones, al presidente de la Federación reunió a los trabajadores para indicarles que debía seguir asumiendo la representación de los trabajadores CCOO.

Apenas una semana después de ser elegido delegado de personal por UGT dicho trabajador fue cesado de sus funciones como Juez Único de competición y Juez Único de competición de Tercera División de Fútbol. Además de retirarlo del proyecto de profesionalización subvencionado por la RFEF por el cual también era remunerado.

El sindicato UGT descata una vez más la labor de “nuestros servicios jurídicos”. La Federación de Fútbol de Ceuta, su presidente, así como cualquier empresa de la ciudad, debe entender que UGT “no va a permitir que se vulneren los derechos de los representantes de los trabajadores”.

“Los daños morales que sufrió nuestro compañero como represalia por ser elegido representante legal de los trabajadores en las listas de UGT son intolerables y no podemos consentir el atropello de los derechos fundamentales”, señala el sindicato.

Con todo esto la Real Federación de Fútbol de Ceuta debe abonar la cantidad de 30.001 euros para esta persona por vulneración del derecho fundamental de libertad sindical y daños morales.

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