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Los enfermos tendrán un límite de espera no superior a 180 días

Por Redacción
15/07/2011 - 20:49

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Cualquier paciente del Sistema Nacional de Salud tendrá derecho, a partir de ahora, a ser intervenido quirúrgicamente, atendido en una consulta externa o ser diagnosticado en un plazo máximo de 180 días. Así lo aprobó ayer el Consejo de Ministros mediante un real decreto por el que se establecen, por primera vez, los criterios marco para garantizar un tiempo máximo de acceso a las prestaciones sanitarias.

De ese modo, según fuentes del Ministerio de Gobernación, necesidades como la cirugía cardiaca valvular, cirugía cardiaca coronaria, cataratas, prótesis de cadera o de rodilla tendrán, de obligado cumplimiento, un plazo de espera máximo de 180 días naturales, es decir, días en los que sí se tienen en cuenta sábados, domingos y festivos.

Este real decreto es fruto de los acuerdos alcanzados por el Consejo Interterritorial en la reunión que se celebró el 18 de marzo de 2010 y tiene como objetivo avanzar en medidas que mejoren y garanticen la sostenibilidad del sistema sanitario.
Para el establecimiento de los tiempos máximos de espera en la realización de determinadas intervenciones quirúrgicas se han aplicado tres criterios. Uno de ellos estaría vinculado a la gravedad de las patologías motivo de la atención: las patologías cuya evolución posterior originaran riesgo de muerte o de discapacidad o disminuyeran de forma importante la calidad de vida de los enfermos.

Otros de los criterios será la eficacia de la intervención, es decir, que la intervención quirúrgica fuera eficaz para aumentar lasupervivencia, disminuir la discapacidad o mejorar la calidad de vida del paciente. El último de los criterios sería la oportunidad de la intervención, lo que conllevaría la realización temprana siempre que se evitara la progresión de la enfermedad o de las secuelas de la misma.

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