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La Agencia Tributaria agiliza las devoluciones bajo comprobación

Por M.A.
18/07/2014 - 12:02

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La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un nuevo procedimiento de comprobación rápida de declaraciones de IRPF con resultado a devolver.

El nuevo sistema, denominado ‘Verifica’, se pone en funcionamiento a la conclusión de la campaña de la Renta correspondiente al ejercicio 2013. Se podrá acceder al mismo exclusivamente a través de la web de la Agencia (www.agenciatributaria.es), mediante el ‘PIN 24 horas’ y el certificado electrónico.
En esta primera fase de implantación, podrán seguir el procedimiento ‘Verifica’ contribuyentes que cumplan ciertos requisitos (entre ellos, que su declaración sea individual y que no incluya rendimientos de actividad económica en estimación directa).
 Cumpliendo estos criterios objetivos, contribuyentes que, por ejemplo, cuenten con ligeros errores aritméticos en su declaración, que duplicaran un gasto u olvidaran incluir algún dato menor, podrán, gracias al procedimiento ‘Verifica’, acelerar la gestión de su devolución sin tener que esperar a que les llegue al domicilio la notificación de la liquidación.
 Dentro del sistema tradicional de control, sólo eran conscientes entonces, con la notificación de la liquidación en domicilio, de que se había iniciado un procedimiento de comprobación.
 Ahora, por primera vez el contribuyente participa de manera activa en el propio procedimiento de control, que se habrá iniciado cuando acepta recibir la notificación de la correspondiente liquidación. La diferencia estriba en que es el contribuyente quien agiliza todo el proceso de comprobación cuando recoge, mediante este procedimiento ‘online’, la propia notificación, pudiendo manifestar conformidad a la propuesta sin formular alegaciones, o formular las alegaciones que estime oportunas.
El procedimiento ‘Verifica’ comienza una vez que el contribuyente, a través del PIN, del certificado, o del número de referencia REN0, accede en la web al apartado dedicado a la consulta del estado de la devolución.
 A los contribuyentes con devoluciones pendientes que cumplan los requisitos del sistema les aparecerá un mensaje en pantalla en el que se les informará de la posibilidad de agilizar la comprobación y posterior devolución. Este primer paso se podrá completar por las tres vías (REN0, PIN 24 horas y certificado), pero si el contribuyente desea continuar y acceder a ‘Verifica’, deberá estar dado de alta en el PIN o contar con certificado electrónico.

Las claves

Qué se consigue
Propuesta más ágil Esta anticipación del cobro de la devolución beneficiará a los contribuyentes que utilicen el procedimiento ‘Verifica’ con independencia de si deciden presentar o no alegaciones a la propuesta de devolución minorada que les facilite la Agencia Tributaria.
plazos
31 de diciembre para responder Mediante el sistema de comprobación tradicional, la Agencia Tributaria tiene hasta el 31 de diciembre del año en curso para resolver la solicitud de devolución y notificar la correspondiente liquidación, de manera que la evolución puede no acordarse hasta esa fecha.

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