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La Ciudad regulará el ejercicio profesional de actividades subacuáticas

Por A.Q.
14/01/2012 - 12:28
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La consejera de Juventud, Deportes y Menores, Susana Román, elevará al Pleno de la Asamblea en su Sesión Ordinaria de este mes para su aprobación inicial su propuesta de Reglamento para regular el ejercicio de actividades subacuáticas de carácter profesional en la ciudad autónoma. La Administración local asumió en 1999 las competencias en esta materia, junto a las de enseñanzas náutico-deportivas y subacuáticas-deportivas.
Trece años después, ahora, “ante la demanda profesional, de los aficionados al buceo, de los empresarios del ramo y del Cuerpo de Extinción de Incendios y Salvamento”, el Ejecutivo local ha decidido promover la entrada en vigor de un Reglamento que, una vez aprobado definitivamente, le tocará ejecutar al departamento de Medio Ambiente.
El texto dotará a la ciudad autónoma de una regulación específica del buceo profesional, de la autorización y apertura de centros que deseen impartir estas enseñanzas y, “como consecuencia de todo ello, de la realización, control de exámenes, registro y expedición de las citadas titulaciones de carácter profesional”.
El Reglamento distingue hasta siete titulaciones distintas en función de la profundidad del trabajo a realizar, su complejidad y los equipos a utilizar, así como del nivel de conocimientos que cada profesional posea, su experiencia y sus condiciones físicas, medias y psicológicas.
Los niveles 1 y 2 se corresponden, respectivamente, con los títulos de buceador profesional de pequeña y media profundidad. El nivel 3 agrupa al de gran profundidad de intervenciones, al de saturación y al jefe de complejo hiperbárico.
Además, se reconocen las especialidades de buceador científico y de instructor profesional.
La entrada en vigor del Reglamento conllevará la creación del Registro informatizado de Titulaciones de Buceo Profesional de la Consejería de Medio Ambiente, que será la encargada, asimismo, de expedir la Libreta de Actividades Subacuáticas, con una validez de cinco años.
En dicho documento acreditativo deberán anotarse también “periódicamente” las renovaciones administrativas, los reconocimientos médicos de su titular y los trabajos que desempeñe como profesional “a fin de demostrar su experiencia para el acceso a otras titulaciones”.

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