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Sentencia a favor de un trabajador en Régimen de Clases Pasivas que pidió el subsidio de mayores de 52 años

El Juzgado de lo Social número 1 confirma que el tiempo trabajado en este régimen computa para el subsidio de mayores de 52 años

Por Isabel Jiménez
24/06/2024 - 12:14
edificio-judicial-banco-españa
Imagen de archivo

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CCOO ha celebrado que el Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta haya sentenciado a favor de un trabajador en el Régimen de Clases Pasivas que solicitó el subsidio para mayores de 52 años, por lo que confirma que el tiempo trabajado en este régimen "computa" para pedir esta ayuda.

El sindicato ha conocido este lunes la sentencia dictada tras la demanda de un trabajador que, representado por Comisiones Obreras, solicitó el subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

Según ha indicado el sindicato, para el cobro de esta prestación se requiere acreditar los requisitos de la jubilación, entre ellos el mínimo de 15 años de cotización al Régimen General de la Seguridad Social (carencia genérica). El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desestimó la solicitud por considerar no acreditada la carencia genérica al constar 10 años, 9 meses y 24 días.

Sin embargo, acreditó prestar servicios en la Policía Nacional como agente durante 4 años, 10 meses y 4 días; y en el servicio militar obligatorio durante 1 año y 3 meses, tiempo que debió estar integrado en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. De esta manera, el demandante superaba los 15 años de cotización.

La magistrada ha reconocido el derecho a recibir la prestación

"Frente a la resolución del SEPE, el Juzgado confirma que el tiempo trabajado para clases pasivas, no solo ha de tenerse en cuenta para la jubilación, sino también para el subsidio por desempleo para mayores de 52 años", han indicado en nota de prensa.

De esta manera, la magistrada-juez del Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta estima la demanda, reconociendo su derecho a percibir el subsidio solicitado. La resolución es firme.

"Desde CCOO mostramos nuestra satisfacción por esta sentencia ya que deja claro que los periodos cotizados en clases pasivas deben computar para reconocer el subsidio de mayores de 52 años. De esta manera, desde este sindicato animamos a todas las personas que se encuentren en la misma situación a acudir a nuestras oficinas para presentar demanda en este sentido", han concluido.

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